Las consecuencias de todo ello en la LCSP las comprobamos en el artículo 139.1 LCSP que señala que:
LCSP. artículo 139.1
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna (…)