Los criterios, van a poseer dos funciones:
Servir de herramienta de valoración
Ayudar en la descripción del objeto del contrato
Los criterios de adjudicación deben tender a escoger de entre las ofertas de las empresas o entidades concurrentes la que tenga la mejor relación calidad precio y para ello deben tener relación directa con el objeto del contrato.
STJUE. Comisión contra España, T-402/06
19 de septiembre de 2013
STJUE. Concordia Bus Finland, C-513/1999
17 de septiembre de 2002
STJUE. C-225/1998, Comisión de las Comunidades Europeas contra República Francesa
26 de septiembre de 2000
Se considerará que un criterio de adjudicación está vinculado al objeto del contrato cuando se refiera o integre las prestaciones que deban realizarse en virtud de dicho contrato, en cualquiera de sus aspectos y en cualquier etapa de su ciclo de vida, incluidos los factores que intervienen en los siguientes procesos:
a) en el proceso específico de producción, prestación o comercialización de, en su caso, las obras, los suministros o los servicios, con especial referencia a formas de producción, prestación o comercialización medioambiental y socialmente sostenibles y justas;
b) o en el proceso específico de otra etapa de su ciclo de vida, incluso cuando dichos factores no formen parte de su sustancia material”.
Resolución 24/2014. Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León
10 de marzo
STJUE. Concordia Bus Finland (C-513/99)
17 de septiembre de 2002
STJUE. Constse, Vivisol y Oxigen Salud. C-234/03
27 de octubre de 2005