La posibilidad de establecer una puntuación mínima sobre uno o varios criterios y la exclusión de quienes no la alcancen tiene como objetivo:
Sin perjuicio de esta nueva previsión debe tenerse en cuenta que la Directiva 2014/24/UE solo señala esta posibilidad en la tramitación de los procedimientos de licitación con negociación, dialogo competitivo, asociación para la innovación* y no para el procedimiento abierto o restringido**