¿puede un licitador recurrir la admisión de una oferta anormal?
SÍ
LCSP. artículo 44.2.b)
Ahora el artículo 44.2.b) LCSP recoge expresamente la posibilidad de recurrir entre los actos de trámite cualificados:
LCSP. ART.44.2 B):
La admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149