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> 6.6.4. El procedimiento simplificado

Diputació de Barcelona
Lección 2. Tema 6. Capítulo 6.6.3.
Es un procedimiento ágil.

Con este procedimiento debiera estar adjudicado el contrato en el plazo de un mes desde que se convocó la licitación (tal y como se indica en el apartado IV de la Exposición de Motivos de la LCSP).

Es más ágil que el procedimiento abierto general pero no resulta tan simplificado como su nombre indica.

¿puede utilizarse siempre?

no

Este procedimiento solo puede utilizarse en:

Contratos valor estimado igual o inferior:

OBRAS
0
SUMINISTROS Y SERVICIOS
0

no pudiendo utilizarse en los contratos de concesiones independientemente del importe económico.

¿cuál es el plazo mínimo de presentación de proposiciones?

PLAZO MÍNIMO
0 días
El plazo para la presentación de proposiciones debe ser como mínimo de 15 días desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación.

Contratos de obras:

PLAZO MÍNIMO
0 días
En los contratos de obras el plazo mínimo es de 20 días.

¿hay algún límite respecto de los criterios sometidos a juicio de valor o automáticos?

Los criterios de adjudicación que preferentemente deben utilizarse son los criterios automáticos o aritméticos, es decir, criterios evaluables automáticamente mediante fórmulas, pudiendo utilizarse para la adjudicación de un contrato sólo estos criterios.

 

No obstante, se admite la utilización de criterios relativos a juicios de valor, siempre y cuando no sean superiores al: 
25%
En el Proyecto el:
20%
En el caso de contratos de prestaciones de carácter intelectual (como servicios de ingeniería y arquitectura) este límite se amplía hasta el:
45%
En el Proyecto el:
30%

¿Cuáles son sus especialidades procedimentales?

Es obligatorio para todos los licitadores la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE), aunque puede excepcionarse para garantizar competencia.

No se exige constitución de garantía provisional.

Desaparece la publicación en los diarios oficiales, centrándose exclusivamente la publicación del anuncio en el Perfil del Contratante.

La presentación de proposiciones solo se puede efectuar en el registro indicado en el anuncio.

Es necesario que se presente la declaración responsable de capacidad y solvencia y en su caso clasificación, conforme al modelo que se contiene en el pliego.

La proposición debe presentarse en un único sobre (si todos los criterios son automáticos) o en dos sobres (si algún criterio depende de juicio de valor).

La mesa de contratación es obligatoria.

Este procedimiento puede tramitarse abreviadamente y por urgencia.

¿cómo se adjudican estos contratos por procedimiento simplificado?

La tramitación del procedimiento una vez recibidas las ofertas es la siguiente:
En el caso de que existan criterios relativos a juicios de valor, la mesa de contratación debe abrir primero el sobre nº 1 y entregarles las ofertas a los servicios técnicos para que realicen la valoración de dichos criterios en un plazo no superior a 7 días.

En una segunda sesión, la mesa de contratación en acto público, debe realizar las siguientes actuaciones:

Se dará lectura del resultado de los criterios relativos a juicios de valor del sobre nº 1 y posteriormente se abrirá el sobre nº 2.

Se examinará que las ofertas reúnan los requerimientos del pliego con el objetivo de admitirlas o excluirlas y en su caso, valorar y realizar la propuesta de adjudicación en favor del licitador que haya obtenido la mejor puntuación.

Se comprobará en el ROLECE la documentación del empresario, su inscripción, el poder de representación, su solvencia o clasificación y su exclusión de las prohibiciones de contratar.

A continuación, se requerirá a la empresa la garantía definitiva y cualquier otra documentación que se requiera en los pliegos que no aparezca en el ROLECE, otorgando un plazo de 7 días.

¿es cierto que en este caso, a diferencia del abierto ordinario solo se pide la justificación de la anormalidad al final -a la empresa más puntuada-?

En el caso, en el que la oferta sea anormalmente baja, se otorgará al licitador un máximo de 5 días hábiles para realizar la justificación oportuna.

En los procedimientos ordinarios el plazo no se fija en la LCSP sino en la concreta comunicación.

En el procedimiento abierto ordinario la puntuación se otorga cuando ya se conocen las ofertas admitidas.. aquí si no se justifica la viabilidad económica se pasa al siguiente clasificado.

¿hay especialidades en torno a la fiscalización?

Según la LCSP se debe realizar la fiscalización del compromiso de gasto en un solo momento, antes de la adjudicación.

Sin embargo, conviene leer: 
informe 13/2019

La especialidad propia del procedimiento abierto simplificado radica desde el punto de vista de la función interventora en la fiscalización previa del acto de compromiso de gasto, que se efectuará de una sola vez en el momento inmediatamente anterior a la adjudicación del contrato.

2
La previa tramitación y aprobación del expediente de contratación y del gasto derivado del mismo requiere su fiscalización previa, sin que en este punto exista ninguna excepción por el hecho de acudir al procedimiento abierto simplificado para la adjudicación del contrato

¿cuándo se lleva a cabo la propuesta de adjudicación?

Recibida la garantía definitiva

Se adjudicará el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario en un plazo no superior a 5 días y por último, se formalizará el contrato.
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